jueves, 31 de julio de 2014

RETIRARON PROPAGANDA ELECTORAL INSTALADA EN INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA DEL DISTRITO DE SURCO


Defensoría del Pueblo continuará con la labor emprendida en diversos puntos de Lima
RETIRARON PROPAGANDA ELECTORAL INSTALADA EN 
INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA DEL DISTRITO DE SURCO
Nota de Prensa Nº142/OCII/DP/2014
 Actividad contó con la presencia de representantes de OSINERGMIN, 
Municipalidad de Lima y Luz del Sur.
Continuando con la labor emprendida en diversos distritos de Lima, hoy miembros de la 
Defensoría del Pueblo, OSINERGMIN, el concesionario LUZ DEL SUR así como de la 
Municipalidad de Lima, procedieron a retirar la propaganda electoral ubicada debajo de 
redes eléctricas (media tensión) y adosadas a postes de alumbrado público del distrito
de Surco.
Así lo informó la Jefa de la Oficina de Lima, Eliana Revollar, al indicar que el Código 
Nacional de Electricidad además de establecer distancias mínimas de seguridad entre 
elementos de publicidad (carteles y letreros) respecto de redes eléctricas adyacentes, 
prevé la prohibición de colocar dichos elementos en estructuras de soporte (postes) de 
redes eléctricas; ello, a fin de prevenir situaciones de riesgo eléctrico tanto para los 
ciudadanos que los instalen como para terceros.
El retiro de la propaganda se llevó a cabo en la vía Caminos del Inca con Velasco Astete 
así como en el tramo comprendido entre las cuadras 20 y 24 de la avenida Caminos del 
Inca.
Revollar hizo un llamado a la comuna de Surco y a los otros distritos de la capital a
cumplir con lo establecido en el Código Nacional de Electricidad, en la normativa 
electoral y en sus propias ordenanzas que regulan la propaganda electoral,
recordándoles el deber de apoyar el mejor desarrollo de la propaganda proselitista, 
aprobando un procedimiento que viabilice la asignación equitativa de ubicaciones 
autorizadas a fin de crear condiciones de igualdad para la difusión de todas las 
propuestas políticas.
Las infracciones cometidas, enfatizó la funcionaria, serán sancionadas 
administrativamente con una multa, la cual –previo procedimiento sancionador- podrá 
alcanzar hasta una UIT, equivalente a los S/.3800 nuevos soles, de acuerdo al Cuadro 
de Infracciones y Escala de Multas Administrativas de cada comuna. Como medidas 
complementarias destacó que, las municipalidades gozan de la facultad de aplicar 
medidas complementarias del retiro y/o borrado de la propaganda.
A continuación, exhortó al Jurado Especial Electoral de Lima Sur a convocar a los 
personeros legales de las organizaciones políticas en competencia electoral para 
capacitar y difundir las normas que se deben respetar durante el proceso electoral. 
Revollar recordó que todos los funcionarios públicos -incluidos los alcaldes que han 
decidido postular a la reelección- tienen el deber de cumplir con el principio de 
neutralidad; es decir, no pueden realizar actividades de proselitismo político, utilizando 
sus funciones o recursos públicos. 
Lima, 30 de julio del 2014.

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